jueves, 21 de junio de 2007

CHILE LE DA UNA MANO A LA VIDA


Por: Francisco Fiegelist
En una decisión que gira en torno a las nuevas tendencias mundiales de protección hacia los seres humanos el gobierno de nuestro país aprobó en el congreso la ley 20.120 que ratifica enfáticamente la posición prohibitoria de Chile a cualquier actividad que implique clonación de seres humanos en nuestro país, regulando la investigación biomédica en Chile

La ley 20.120 ha despertado un debate sobre la investigación bioética en seres humanos. Destacando que este tema no solo cuenta con una importancia científico técnica, si no también se constituye como un tema con un gran valor ciudadano.

El artículo 5 de esta ley prohíbe la clonación de seres humanos, cualesquiera que sean el fin perseguido y la técnica utilizada

¿Pero que significa clonar? La generación natural de un ser humano consiste en que un ovulo contiene 23 cromosomas, este es penetrado por otro espermatozoide que contiene otros 23 cromosomas, estas dos células germinales al funcionarse dan origen a un cigoto, célula que contiene 46 cromosomas, estos cromosomas son los que albergan el programa esencial del organismos correspondiente

Pero la ciencia se puede manifestar en contra de está ley, ya que en el año 2001 se aprobó la clonación de embriones con fines terapéuticos, los cuales no deben ser olvidados, ya que hoy enfermedades tan graves como el cáncer o el sida no tienen una cura, y sus consecuencias son trágicas para la sociedad chilena.

La clonación y cualquier procedimiento eugenésico prohibido por esta nueva normativa serán castigados con penas desde 541 días a cinco años de cárcel, además de la inhabilitación absoluta para el ejercicio de la profesión durante el tiempo que dure la condena. En caso de reincidencia, el profesional quedará inhabilitado de por vida de ejercer.

Keywords
Bioética: Aplicación de la ética en las ciencias de la vida
Clonación: Acción o efecto de clonar
Embriones:






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